Medicare Sign Up pack sample

A todos nuestros clientes se les entregará la información correcta con respecto a nuestro horario de operación (dentro de la Cubierta Interior del Libro) y acceso a nuestros empleados para casos de emergencias. Nuestra agencia tendrá disponible al personal necesario para responder a las emergencias relacionadas con cualquiera de los servicios ofrecidos al cliente. Respuesta a la Emergencia: 1. En la visita inicial al cliente se le entregará una tarjeta de nuestra agencia, y será informado de nuestro servicio y disponibilidad de personal de 24 horas, 7 días a la semana. 2. Llamadas telefónicas pueden hacerse a la agencia durante las horas de oficina de lunes a viernes. a) Llamadas de emergencia serán atendidas después de horas de trabajo/fines de semana llamando al número de la oficina. 1. Notifique al servicio telefónico su nombre y número de teléfono y un representante de la agencia lo contactará. 2. Si el cliente desea solamente dejar un mensaje, un representante de la agencia lo Ilamará el día siguiente. 3. Servicios de emergencia estarán disponible después de horas de oficina, incluyendo fines de semana y días feriados. 4. Todos los clientes serán instruidos que deben llamar al 911 en casos en que la vida del paciente corra peligro. b) Representantes se ocuparan de asistir con los problemas o de contactar al Director de Enfermeros para problemas clínicos. c) El Director de Enfermeros/Enfermera de Guardia, es responsable de determinar la necesidad de una visita a la casa del paciente, y de notiticar al Doctor o tomar la acción apropiada. 3. El representante de la agencia mantendrá una relación de las llamadas recibidas y las acciones tomadas. HORARIO DE OPERACION Y SERVICIO DE EMERGENCIA Nuestra Agencia va a tomar todas las medidas necesarias, para que las personas con limitaciones físicas y sensoriales, incluyendo aquellos con problemas de lenguage y auditivas, reciban la informacion más completa disponible en cada admisión, relacionadas con servicios especiales de acuerdo a sus limitaciones, tratamiento, sin costo para nuestros clientes. Para personas con limitaciones auditivas : la agencia hará todo el máximo esfuerzo, para contratar los servicios de interpretes calificados en “language de signos”. La siguiente Agencia ofrece el servicio necesitado: El Consejo de la Florida coordinadora de servicios a sordos y personas con limitaciones auditivas: 4052 Esplanade Way, Bin #A06 Tallahassee, FL 32399-1707. Voice: 850-245-4913 Toll Free Voice: 866-602-3275 TTY: 850-245- 4914 Toll Free TTY: 866-602-3276 Personas con limitaciones visuals: Nuestro staff comunicará el contenido de materiales escritos como beneficios, servicios, derechos, y consentimiento para tratamiento, leyéndolos de una forma pausada y alta. Impresiones grandes, videos, o material en Braille estarán disponibles cuando lo solicite. Favor de contactar la Agencia para pedirlos. Personas con limitaciones del habla : Materiales escritos, TDD, computadoras, tableros de comunicaciones están disponibles para facilitar la comunicación referente a los servicios y beneficios, derechos y consentimiento para el tratamiento. INFORMACIÓN PARA PACIENTES CON LIMITACIONES FISICAS Y SENSORIALES Todos nuestros empleados proveerán cuidado y servicios a nuestros clientes dentro de los límites éticos establesidos por los estandares del cuidado de la salud a domicilio, profesionalismo y la ley cuando esten realizando su trabajo. IMPORTANCIA DE LA ETICA POLIZA DE NO DISCRIMINACION …. Como recipiente de asistencia federal financiera, nuestra Agencia no excluye, deniega beneficios o descrimina contra cualquier persona basado en la raza, origen nacional, discapacidad o edad en admisiones, participación o recibo de servicios y beneficios en cualquiera de nuestros programas, actividades o empleo cuando es desarrollado por nuestra agencia directamente o a travez de contraltos con otra entidad en el cual nuestra Agencia dirige esos programas y actividades. Esta declaración es de acuerdo con las provisiones del Título VI del Acta de Derechos Civiles de 1964, la Sección 504 del Acta de Rehabilitación de 1973, el Acta de Discriminación por Edad de 1975, y las Regulaciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos respect al Afta del Título 45 del Codigo Federal de Regulaciones Parte 80, 84 y 91. (Otras leyes y Regulaciones Federales que proven similar protección en contra de la discriminación de acuerdo al sexo y credo.) En caso de preguntas favor de contactaral coordinador de la Sección 504 de la Agencia, información en el cover del libro. CONFIDENCIALIDAD Toda la información recibida por empleados o agencias de servicios / o que lo reciban por un reporte o inspeccion debe ser tratada con privacidad y confidencialidad, siguiendo los reglamentos de HIPAA . La información de arriba debe de incluir, pero no debe ser limitado a, los datos del paciente o personal. Solamente se le permitirá autorización para acceso a los expedientes de los pacientes, a empleados de la agencia o supervisores de Agencias Estatales o Federales. Ninguna información será vista sin un permiso escrito por el paciente / guardian / o empleado. Para poder mandar información a otra agencia y/o oficina médica, necesitamos una orden escrita y ser aprobado por la administración de la compañia. Cuando comienza un empleado, se le da una orientación en la poliza de confidencialidad sobre la privacidad de los expedientes, la cual lo tiene que firmar y se le pone en su expediente. Cualquier empleado que rompa la confidencialidad de un paciente/otro empleado , sera finalizado su contrato con la compañía. www.pnsystem.com page 23 sample

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